CATEGORÍAS OFICIALES DE LAS VIVENDAS DE TURISMO RURAL
Fachada

 

 

 


                  
Según el Decreto 69/1997 de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, las Viviendas de Turismo Rural en relación a sus instalaciones y servicios a prestar se dividirán en dos categorías: Básica y Superior.

REQUISITOS TÉCNICOS

CATEGORÍA BÁSICA:
1.1.--Instalaciones y servicios:
a) Agua corriente potable b) Electricidad c) Algunos elementos calefactores que permitan un mínimo de confort en las viviendas con apertura fuera de la temporada de verano. d) Botiquín de primeros auxilios en caso de viviendas aisladas. e) Contarán con un cuarto de baño con agua caliente y fria por cada seis plazas de alojamiento o fracción. Estará equipado con inodoro con cierre hidráulico, lavabo y ducha o bañera. Dispondrá, además, de espejo para el aseo personal y toma de corriente en lugar adecuado para su utilización. f) Servicio telefónico para el conjunto de la Vivienda de Turismo Rural al alcance del cliente. En las viviendas de alojamiento no compartido se entenderá cumplido este requisito cuando el teléfono esté instalado en la vivienda de los propietarios del mismo núcleo urbano. g) Lencería de cama y baño adecuada al número de huéspedes de la Vivienda. h) Adecuada calidad en la prestación de los servicios.
1.2.--Las habitaciones destinadas a dormitorio de los huéspedes, que podrán ser individuales o dobles, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Las superficies mínimas serán de diez metros cuadrados para las habitaciones dobles y seis metros cuadrados para las individuales. b) Dispondrán de iluminación y ventilación amplia y directa al exterior o a patios no cubiertos. c) Contarán con mobiliario y equipamiento adecuado y suficiente, que deberá encontrarse en perfecto estado de uso y conservación. No se permitirá la utilización de literas. d) Estarán dotadas del aislamiento necesario para preservarlas de los ruidos e impedir el paso de la luz a voluntad del cliente. 1.3. Deberá contar con un salón comedor dotado con el mobiliario y equipamiento necesario en perfecto estado de uso y conservación.

CATEGORÍA SUPERIOR:
Para acceder a la Categoría Superior será necesario que la vivienda además de cumplir con las prescripciones establecidas en el apartado anterior reúna los siguientes requisitos: a) Encontrarse ubicada en un marco estético de calidad atendiendo a los patrimonios cultural y natural. b) Edificio con fachada arquitectónicamente coherente con el entorno o de configuración singular. c) Las Viviendas de Turismo Rural de alojamiento compartido deberán contar con baño incorporado en todas las habitaciones y las de no compartido con un baño cada cuatro plazas o fracción. d) Calefacción suficiente y adecuada tanto en las habitaciones como en las zonas comunes e) Estilo decorativo autóctono o singular. f) Calidad esmerada en la prestación de los servicios.

 

 

 


 
            
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